. Hoy voy a responder a una pregunta formulada por Gema de Madrid y quisiera darle las gracias porque lo que me gusta es tratar temas que os interesen y os sean útiles.
Aunque no es puramente fiscalidad o finanzas, creo que es un tema importante para considerar a la hora de emprender y por eso voy a abordarlo en este episodio.
Vamos a ver la diferencia entre el régimen económico matrimonial de gananciales y el de separación de bienes y cómo puede afectar eso al emprendedor.
Régimen económico de gananciales
En el régimen económico matrimonial de gananciales, los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio son del matrimonio, de los dos. Todo lo que compres estando casado es de los dos al 50%, gane lo que gane cada uno y trabaje lo que trabaje. Por otro lado, hay que tener en cuenta que, aunque estés casado, los bienes que adquieres por herencia son lo que se conoce como privativos, es decir, solo de quien los hereda aunque no los rendimientos de los mismos que son de los dos. Por ejemplo, tú tienes un local que heredaste y por tanto es privativo tuyo pero si lo alquilas, los ingresos son también de tu cónyuge.
Así que podemos concluir que, como norma general, si estas casado en gananciales, lo que entra en casa, provenga de donde provenga es de los dos. Hay algunas excepciones como la venta de un bien privativo que seguiría siendo tuyo aunque estuvieses casado en gananciales pero la norma general es que lo que entra en casa periódicamente, trabajo, alquileres y demás es de los dos.
Régimen económico de separación de bienes
En el régimen económico de separación de bienes, cada cosa es de cada uno, es decir, para cada uno lo suyo venga de donde venga.
Si heredas un local y lo alquilas, tanto el local como el alquiler serán tuyos.
¿Cómo puede afectar esto a los emprendedores y empresarios?
DEUDAS
Si estás casado en el régimen económico matrimonial de gananciales y pides un préstamo para arrancar tu negocio, para la obtención de este préstamo vais a tener que firmas los dos, tú y tu cónyuge por lo que ambos vais a ser responsables de la deuda con todos vuestros bienes presentes y futuros. Y todos, son todos, da igual que los hayas comprado, heredado o te los hayan regalado.
También de las deudas derivadas de la actividad. Pueden afectar a todos los bienes adquiridos por el matrimonio durante el desarrollo de la actividad. Esto quiere decir que proveedores, Hacienda, seguridad social… pueden embargar los bienes comunes al matrimonio en el caso de que el autónomo no cumpla con sus obligaciones y pague todo lo que le corresponde.
En este caso, al cónyuge le afectaría únicamente en los bienes comunes pero no en los privativos, es decir, no afectaría a los bienes que tuviese antes del matrimonio ni a los que hubiese heredado.
¿Qué es lo que pasa en realidad? Que las entidades bancarias embargan por nombre sin saber si es privativo o no, por tanto sí que te lo pueden embargar y si era privativo tendrás que ir al juzgado a acreditar que era privativo
RECOMENDACIÓN
Si vas a emprender o ya eres autónomo, pásate por el notario para firmar unas capitulaciones matrimoniales e inscribirlas en el correspondiente registro.
¿Y qué hacemos con el dilema o la creencia de que si quiere firmar unas capitulaciones matrimoniales es porque no te quiere?
Mi opinión es que, hace muchos años, esto tenía sentido porque la mujer no trabajaba, tenía un rol completamente familiar lo que, en caso de divorcio, la dejaba en una gran desventaja frente a su marido.
Hoy en día, para mí tiene menos sentido porque en la mayoría de casos que conozco, la mujer es totalmente independiente económicamente y puede seguir adelante con su vida ante un divorcio.
Otro punto que podríamos comentar y tener en cuenta es que una de las partes renuncie a su carrera profesional para hacerse cargo de los hijos. En estos casos puede suceder que los ingresos de ambos sean muy desiguales y uno de los cónyuges ingrese mucho más que el otro. Para compensar esta situación, tenemos lo que se conoce como pensión compensatoria en favor del cónyuge y que debe acordarse o pelearse en los tribunales.
Para mí no es que quieras menos a tu pareja, quizás la quieres más porque no quieres que alguna decisión empresarial que tú puedas tomar pueda implicar los bienes de tu pareja. Aunque solo sea por precaución prepara, firma e inscribe unas capitulaciones matrimoniales y protege los bienes de tu pareja.
Y recuerda, esto es mi opinión e interpretación. Aplícalo sólo si es bueno y útil para ti y para tu negocio.
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